Compraventa · También: escritura traslativa de dominio, escriturar
Escritura
La escritura es el documento público, firmado ante escribano, que transfiere la propiedad de un inmueble. Después se inscribe en el Registro de la Propiedad para que sea oponible a terceros.
Antes de escriturar, el escribano pide los certificados de dominio e inhibición, verifica las deudas del inmueble y calcula los impuestos de la operación.
El costo de la escritura (honorarios y gastos) suele pagarlo el comprador; el impuesto de sellos depende de cada provincia.
Para profundizar
Términos relacionados
Fuentes
- Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) — Argentina.gob.ar — Normativa.
Por Equipo Senda · Revisado el 19 de octubre de 2026